De acuerdo con la iniciativa, a partir de los 50 años las personas comienzan a tener dificultades para encontrar empleo, y gran parte de la población adulta mayor trabaja en sectores informales, como el agropecuario y el comercio, sin prestaciones de seguridad social ni de salud. En Yucatán, según el Censo 2020 del INEGI, el 13.18 % de la población tiene entre 60 y 99 años, lo que coloca al estado entre las seis entidades con mayor índice de envejecimiento.
¿Qué propone?
- Reformar el artículo 10 del Código de la Administración Pública de Yucatán para que, en la contratación de puestos vacantes o de nueva creación del Gobierno del Estado, se destine cuando menos el 3 % a personas adultas mayores, además del 3 % para personas con discapacidad.
- Reformar el artículo 80 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán para que los ayuntamientos también destinen un 3 % de sus puestos vacantes y de nueva creación a personas adultas mayores, con lo que la medida se extendería a los 106 municipios.
- En el caso del Gobierno del Estado, sujetar la contratación a que exista disponibilidad y solicitud, y a que las personas cuenten con conocimientos, destrezas o aptitudes compatibles con la función.
- Definir a la persona adulta mayor conforme al artículo 3, fracción I, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.
¿Por qué es importante?
La iniciativa busca garantizar a las personas adultas mayores un trabajo digno en el Gobierno del Estado y los ayuntamientos, con derechos y protección de seguridad social, reconocer su experiencia y evitar que sean excluidas por razón de edad, en línea con la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
¿Qué ordenamientos modifica?
- Código de la Administración Pública de Yucatán
- Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán