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Estímulo fiscal al impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal para grupos vulnerables

Economía y empleoInclusión

En Yucatán, el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal se calcula sobre la nómina y representa una carga fiscal del 2.5% sobre el total de la nómina de quien tiene personas empleadas a su cargo. La iniciativa señala que esta carga puede llevar a algunas empresas a no dar de alta a sus empleados o a registrarlos con salarios menores a los que realmente perciben, lo que perjudica a las y los trabajadores y al propio Estado, y puede impedir la creación de nuevos y mejores empleos.

¿Qué propone?

  • Adicionar un tercer párrafo al artículo 27 A de la Ley General de Hacienda del Estado para crear un estímulo fiscal a este impuesto.
  • Que, por una única ocasión, los sujetos obligados no paguen el impuesto durante seis meses por las personas que contraten y que acrediten ser recién egresadas de planteles de nivel medio superior o superior del Estado, madres solteras, personas de 60 años o más o personas con discapacidad.
  • Que el beneficio aplique hasta por un máximo de 10 personas.
  • Que la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán y la Secretaría de Administración y Finanzas emitan en un plazo de 90 días los lineamientos y reglas de operación; el estímulo podría aplicarse desde el inicio del ejercicio fiscal siguiente a su publicación.

¿Por qué es importante?

La iniciativa busca que este impuesto deje de ser una barrera y se convierta en un incentivo para generar empleo en los sectores más vulnerables: jóvenes que buscan su primera oportunidad, madres solteras, personas adultas mayores y personas con discapacidad, en beneficio de la economía, el gasto público y la fuerza laboral del Estado.

¿Qué ordenamientos modifica?

  • Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán

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