La Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán prevé un impuesto cedular por la enajenación de bienes inmuebles, con una tasa del 5%, que recauda el Gobierno del Estado. Sin embargo, la Ley de Coordinación Fiscal del Estado lo excluye de las participaciones a los municipios, aunque los inmuebles vendidos se encuentran en su territorio. La iniciativa señala además que en 2024 el presupuesto estatal fue de aproximadamente 52,885.5 millones de pesos, mientras que la suma de los presupuestos municipales alcanzó unos 14.73 mil millones.
¿Qué propone?
- Que el impuesto cedular por enajenación de bienes inmuebles deje de estar excluido de las participaciones a los municipios.
- Que los municipios reciban el 20% del monto que corresponda al Estado por la recaudación de este impuesto.
- Distribuir el 60% de ese recurso entre Mérida, Kanasín, Ucú, Conkal, Umán y Progreso, en proporción a su número de habitantes según la información oficial más reciente del INEGI.
- Distribuir el 40% restante entre los municipios de la zona costera del estado, también según su población; esta parte no aplicaría a Progreso.
¿Por qué es importante?
Con base en lo estimado en la Ley de Ingresos 2024 para este impuesto (aproximadamente $268,557,315.00), la iniciativa calcula que podrían distribuirse alrededor de 53.7 millones de pesos a los municipios yucatecos. Estos recursos les permitirían atender necesidades como repavimentación o construcción de calles, mantenimiento de parques, seguridad, infraestructura de servicios públicos y modernización de sus catastros, evitando que la recaudación se concentre únicamente en el Gobierno Estatal.
¿Qué ordenamientos modifica?
- Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Yucatán (artículos 5, 6 y 6 Ter)